Quieren excluir a las Cooperativas de la Obra Pública

Según nos confiaron funcionarios del Registro Nacional de Constructores, y pudimos verificar en un caso concreto de una Cooperativa, la Cámara de la Construcción solicitó al Director del Registro que se impida la inscripción de Cooperativas.

Ante este requerimiento de la Cámara, el Director del Registro instruyó al personal para que se interrumpiera la prosecución de estos trámites. En la actualidad se encuentran gestionándose tres (3) inscripciones y están inscriptas varias decenas de Cooperativas. Es de destacar que según nuestros datos unas veintidós Cooperativas licitan y participan en el mercado de licitaciones y obras públicas.

Frente a este rumor consultamos a personal del Registro y nos indicaron que la congelación de los tramites se debió a que se había reinterpretado la Disposición Nº 8/98 cuando esta norma se refiere a “Empresas” y dice “Se entiende por empresa, a las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas para dedicarse a la construcción e instalaciones” alude únicamente a las personas jurídicas comprendidas por la Ley Nª 19.550. Como las Cooperativas no están comprendidas en esta Ley, debían ser excluidas.

Hemos revisado la legislación que regula al Registro y no encontramos ninguna referencia a esta interpretación tardía de una disposición del año 1998. Más bien, parecería que existe un conflicto de intereses comerciales entre los Constructores de la Cámara  y los Cooperativistas, y que los primeros están tratando de encontrar un intersticio técnico legal para excluir a sus competidores.

Entonces el problema no es legal, es comercial, es competitivo y lo que se está intentando es buscar un “atajo” para eliminar competencia.

No es nuestra intención tomar partido ni por las Cooperativas ni por la Cámara, lo que nos inquieta es el modo en que se dilucidan los conflictos.

El Sr. Presidente de la Nación en sus discursos, permanentemente convoca a evitar los “atajos” y lo que se quiere hacer en este caso es resolver mediante un “atajo” un conflicto de intereses, de la  peor manera.

El problema de base es la confusión de roles, la Dirección del Registro debe estar al servicio de los intereses del Estado, velar por la calificación de los Constructores para obtener los precios de obra más convenientes, no congraciarse con la Cámara. La Cámara debe defender los intereses de todos los constructores,en su representación en el Consejo del Registro, no los de un grupo de sus asociados. Cuando los actores confunden los roles, se suele caer en una tragicomedia grotesca, como esta.

Finalmente, volvimos al Registro para averiguar cómo seguía la cuestión, y parece que se  percataron de que estaban por cometer una irregularidad y efectuaron una consulta al Sector Jurídico de la Secretaria antes de tomar una decisión en firme.

Los tres expedientes a los que nos referimos, del estado “anulado” pasaron a la situación “en trámite”. Seguramente si alguien menciona esta historia, dirán que el hecho nunca existió.

Mientras tanto los Cooperativistas deberán agudizar su ingenio para sobrevivir y pergeñar algún plan, porque los quieren excluir de la Obra Pública.

Cuando el Departamento Legales se expida les seguiremos contando.

Ing. Miguel A. Gomez Nieto
Consultor

Fuente: ConstruAr

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Un comentario

  1. Siempre ha sido una constante si las cooperativas podían estar inscriptas en los registros de constructores.Cambian las cuestiones impositivas con el correr del tiempo, pero podrían las cooperativas organizar empresas que su objetivo no sea ganar dinero sino hacer y/o mantener obras y/o servicios públicos, las reglas deberían ser constantes y así habría paridad de leyes e impuestos.

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