Intendente de Olavarría habilitó el despido de trabajadores municipales

Entre los argumentos esgrimidos para declarar la «Emergencia Económica, Administrativa y Financiera del distrito», el intendente macrista Ezequiel Galli menciona la inflación interanual del 55,57% y la «profunda recesión económica» generada por el brote de coronavirus. El decreto lo faculta para despedir trabajadores municipales, inclusive los que integran la planta permanente.

Además, suspende todos los contratos de obra pública y habilita la contratación directa para la compra de insumos médicos que ya no requerirán de una compulsa de precios en licitación pública.

Para argumentar el decreto, Galli acudió a distintas variables económicas como la baja en la recaudación de las tasas municipales y de la masa coparticipable, el atraso en la aprobación de la Ley Fiscal de la Provincia, bloqueada por Cambiemos en el Senado, que genera «demoras en las transferencias a los municipios», la merma en la obra pública y privada y la baja en el derecho de explotación de canteras.

«Esta administración tiene la obligación de flexibilizar la estructura económica y contar con la mayor cantidad de fondos disponibles para asistir a la Secretaría de Salud en la tarea de combatir la pandemia que nos ocupa», expresa el decreto del jefe comunal.

La «Emergencia Económica, Administrativa y Financiera fue declarada hasta el 31 de diciembre de 2020 pero puede ser prorrogada por un año más.

La medida ordena la restricción de horas extras que quedarán limitadas únicamente a los servicios esenciales y establece la jubilación de oficio de todos los agentes municipales que cumplan con los requisitos mínimos exigidos por la Ley.

El artículo N° 5 va más allá y establece la reducción del personal de planta temporaria, destajistas y «quienes tengan una relación de empleo contractual de manera eventual o permanente con el municipio». También menciona una reducción de la planta política.

Por otra parte, se suspende la ejecución de «todos los contratos de obras públicas ya iniciados o en proceso de ejecución», incluso aquellas que sean financiadas con fondos nacionales y provinciales.

Por último, el artículo N° 8 habilita la contratación directa de insumos médicos, alimentos, limpieza, contrato de servicios (médicos y recolección de residuos), alquiler de equipamiento médico, servicio de inhumaciones, ropa blanca y otros elementos.

(Fuente: Todoprovincial.com)

Fuente: La voz de Tandil

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