Derrumbe en Córdoba: la responsabilidad técnica de la obra recae en los profesionales, no en el Municipio
El reciente colapso de un muro en un edificio ubicado sobre bulevar San Juan al 600, en el barrio Güemes de la ciudad de Córdoba, reabrió un debate fundamental sobre quiénes son los responsables técnicos ante fallas constructivas. Según el Código de Edificación municipal, la responsabilidad no es de la Municipalidad, sino que recae exclusivamente en los profesionales intervinientes en la dirección, supervisión y ejecución de la obra.
Qué dice la normativa
La ordenanza municipal 9.385, que regula el procedimiento constructivo, establece un proceso dividido en tres etapas: permiso de obra, avance de obra e inspecciones, y certificado final. En todo momento, la normativa deja en claro que el Municipio ejerce un control normativo, verificando que el diseño cumpla con retiros, alturas máximas y otros parámetros urbanísticos. Pero no controla la calidad técnica de la ejecución.
Las inspecciones municipales obligatorias —al alcanzar la capa aisladora y al terminar la estructura— no implican una revisión estructural profunda. Esa responsabilidad técnica corresponde al proyectista, al director técnico, al representante técnico en obra y al profesional de Higiene y Seguridad.
Responsabilidad compartida entre profesionales y propietarios
El artículo 1.4 del Código determina que los propietarios, constructores y profesionales son solidariamente responsables del cumplimiento de todas las exigencias técnicas. Esto incluye la seguridad estructural, la correcta ejecución de los detalles constructivos y la elección de los materiales.
El arquitecto Daniel Rey, exsecretario de Desarrollo Urbano, fue tajante:
“Es imposible que la Municipalidad ponga un inspector en cada obra privada. Para eso están los colegios profesionales y los profesionales habilitados”.
Por su parte, Gabriel Sánchez, arquitecto especialista en Seguridad e Higiene, explicó que los detalles técnicos están en el legajo ejecutivo, un documento no presentado al municipio, que funciona como una “caja negra” del edificio, y que define anclajes, apoyos y materiales.
¿Qué ocurre tras un derrumbe?
Cuando ocurre un colapso, como en el caso de Güemes, los especialistas identifican tres posibles causas:
Falla de proyecto (diseño inadecuado)
Falla de ejecución (construcción deficiente)
Falla de mantenimiento (falta de conservación posterior)
En este caso, los indicios apuntan a una posible falta de anclajes estructurales en un doble muro de ladrillo visto, técnica común en Córdoba, pero que requiere soporte adicional a partir de cierta altura.
Desde la empresa constructora involucrada aseguraron que el muro contaba con los anclajes correspondientes y negaron problemas previos de humedad o filtraciones. Sin embargo, se investiga si hubo desprendimientos menores previos no informados correctamente.
Final de obra: un trámite administrativo
El certificado final de obra, emitido por la Municipalidad, no exime de responsabilidad a los profesionales intervinientes. Es un requisito para habilitar la propiedad horizontal y formalizar la existencia del edificio en Catastro, pero su emisión se basa en declaraciones juradas y en la documentación previamente aprobada, no en una verificación técnica exhaustiva.
Tanto Rey como Sánchez coincidieron en que el consorcio de propietarios es un actor de buena fe, y que la responsabilidad técnica recae en quienes diseñaron, dirigieron y ejecutaron la obra. Si existiera un defecto de origen, corresponde que los colegios profesionales y la Justicia investiguen y se impongan sanciones si corresponde.
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