Importante: El Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas Sigue Vigente

Se insta a las empresas constructoras a no descuidar la vigencia de sus Certificados de Capacidad de Obra. Mantener esta calificación actualizada es un activo fundamental de su empresa y un requisito indispensable para su participación en futuras licitaciones públicas.

Contexto y Validez Legal
El Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, creado por el artículo 13 de la Ley 13.064, continúa plenamente vigente.
Es crucial entender que este registro solo puede ser modificado o derogado por otra ley del Congreso, lo cual no ha sucedido.

El reciente Decreto 105/2025, que pretende derogar el mencionado artículo, carece de validez jurídica. Según los principios fundamentales de nuestro ordenamiento legal, un decreto no puede anular ni modificar una ley nacional. Por lo tanto, tanto el Decreto 105/2025 como cualquier disposición que se derive de él son nulos de nulidad absoluta.

En consecuencia, el Registro y todas las normativas que regulan la calificación y capacitación de las empresas constructoras permanecen en plena vigencia.

Aclaración: Este comunicado presenta un análisis estrictamente jurídico y no constituye una opinión política sobre la conveniencia de la existencia del Registro.

¿Qué ocurre si no se mantiene el certificado vigente?
El incumplimiento de la obligación de mantener actualizado el Certificado de Capacidad de Obra colocará a la empresa en situación de mora. Esto resultará en la pérdida de la calificación, condición esencial para poder presentar ofertas y competir en futuras licitaciones de obras públicas.

Más Información
Para consultas y mayor información, recomendamos comunicarse al siguiente número de teléfono: (54-11) 5275-0403

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