Mendoza flexibiliza el régimen de Iniciativa Privada para atraer inversión en obra pública

El gobierno provincial oficializó el Decreto 2002, publicado en el Boletín Oficial, que reforma el régimen de Iniciativa Privada y reemplaza al Decreto 2511/90, vigente desde 1990. El nuevo marco busca adaptar las condiciones de contratación a las modalidades actuales de asociación público-privada, con el objetivo declarado de incentivar la inversión privada y reactivar la economía local.

Bajo el nuevo esquema, los proyectos pueden presentarse por convocatoria oficial o de forma espontánea. Cada propuesta debe incluir estudios técnicos, ambientales y financieros, junto con una garantía equivalente al 0,5% de la inversión prevista. Si el Estado considera el proyecto de interés público, dispone de 20 días para declararlo como tal y convocar a licitación en un plazo de 40 días, sin obligación de adjudicarlo al promotor original.

El decreto contempla beneficios concretos para quienes presenten iniciativas. El proponente tiene preferencia en la adjudicación cuando las ofertas sean de conveniencia equivalente —definida como una diferencia no mayor al 10% respecto de la mejor oferta—, con incrementos de hasta el 3% adicional si acredita antecedentes en proyectos similares. Si no resulta adjudicatario, puede percibir un reembolso de hasta el 3% del monto de la oferta ganadora. También conserva derechos de autor sobre el proyecto por dos años.

Sin embargo, el decreto fija límites claros: si la oferta del promotor supera en más del 20% el monto estimado originalmente, pierde todos los beneficios. Además, se permite la cesión de los derechos del proyecto a terceros —personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras— siempre que la iniciativa haya sido declarada de interés público y la transferencia sea aprobada por la autoridad competente. El régimen también amplía su alcance a las contrataciones previstas en la Ley 8706.

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