Registro Nacional de Constructores de Obras Publicas – Nuevo Director

Por Decisión Administrativa 1195/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA fue designado el Ing. D. Guillermo Enrique FERREA (D.N.I. Nº 17.233.743) Desígnase Director Nacional del Registro Nacional de Constructores y de Firmas Consultoras de Obras Públicas.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 15 de febrero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de Director Nacional del REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS Nivel A, Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL, al Ing. D. Guillermo Enrique FERREA (D.N.I. Nº 17.233.743), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198, autorizándose, hasta el día 3 de agosto de 2016, el pago de la Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio.

ARTÍCULO 2° — Autorízase, a partir del 4 de agosto de 2016, el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, correspondiente al cargo de Director Nacional del REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS, al Ing. D. Guillermo Enrique FERREA (D.N.I. Nº 17.233.743), cuya designación transitoria se efectúa en virtud del artículo 1° de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3° — El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

 

Fecha de publicación 28/10/2016

 

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