Observaciones a la obra de terminación del Sitio 2 del Storni

Las formuló el Tribunal de Cuentas de Chubut al proceso de contratación. Consideró que correspondía una licitación pública y no una compulsa de precios. Observó la toma de financiamiento crediticio previo a la contratación. La APPM argumentó “necesidad y urgencia” ya que el sitio está fuera de operaciones desde hace tres años.

El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Chubut tomó intervención en una compulsa de precios y contratación de obra por parte de la Administración Portuaria de Puerto Madryn tras observar presuntos excesos al ‘Reglamento de Contrataciones’, al avanzar en un proceso de contratación y adjudicación por un importe que superaría en más de un 300 por ciento el monto máximo autorizado bajo esa modalidad.

La contratación en cuestión es para la ejecución de la obra de Superestructura de Ampliación Sitio 2 del muelle Almirante Storni por una suma total de 144.982.074 pesos.

El organismo cita que en la preadjudicación a la empresa Fabri, las firmas Dyopsa y Concret-Nor fueron excluidas por no cumplir con los requisitos formales del concurso por carecer de una “…constancia completa de libre deuda municipal…”.

Sin embargo, el Tribunal de Cuentas Provincial refirió que ello podría haber sido subsanado con una simple intimación, lo que habría permitido conocer la oferta económica efectuada por estos competidores y así lograr al menos una comparación de presupuestos y contar con más elementos para analizar la razonabilidad en el precio de la contratación.

Por otro lado, y en referencia al esquema de financiación, el Tribunal de Cuentas provincial consideró que la toma de un crédito debió ser celebrado en forma posterior a la adjudicación definitiva y contratación de la empresa ejecutante de la obra “esto es, superada la vista previa ante este Tribunal y con la firma del contrato”. Como se recordará, la APPM acordó con el Banco del Chubut para la ejecución de la obra un préstamo por la suma de un millón de dólares. Además, con anterioridad se había suscripto un acuerdo con el gobierno provincial para que otra parte del financiamiento de la obra surgiera del Fondo Provincial de Desarrollo Portuario.

En otro tramo del dictamen se consigna que “…la doctrina tiene dicho que un contrato celebrado directamente, con sustento en la urgencia sin que aparezca debidamente justificada del modo antes indicado, adolecerá, por ende de nulidad absoluta e insanable”. El organismo de contralor provincial sostuvo que por los montos en danza no debió realizarse una “compulsa de precios” y hubiera requerido “la realización de una Licitación Pública conforme lo indica la normativa legal vigente”.

Por su parte, desde la APPM se argumentó ante el organismo que el procedimiento elegido fue en función de la “necesidad y urgencia” de tener un tercio de la capacidad operativa restringida desde comienzos de 2017 cuando se inició la obra de reparación del muelle Storni y ampliación del Sitio 2. Es decir, hace 35 meses, casi tres años, que el sitio en cuestión no puede ser utilizado. Bajo ese argumento, el Puerto justificó el método de compulsa de precios entre tres empresas, al considerarse que el llamado a licitación nacional e internacional demandaría un mínimo de entre 9 y 12 meses

Ya en 2016, cuando el gobierno nacional adjudicó la refacción y ampliación a Dyopsa, el proyecto fue considerado de “interés prioritario”, ya que las obras contratadas por el Estado Nacional, fundamentalmente la ampliación del Sitio 2, no contemplaban la ejecución de la superestructura (vigas, tableros de hormigón, bolardos, sistemas de defensa, instalaciones varias, otros), por lo que esa obra parcial no solo no cumplía con la finalidad de la ampliación prevista sino que restringe las operaciones realizables previo a la ejecución de las obras contratadas. Justamente, la terminación de la superestructura del sitio es la obra en cuestión bajo análisis.

Finalmente, el organismo no prohibió la realización del acto administrativo de adjudicación y contratación, sino que dejó en manos de la entidad convocante de la compulsa de precios para que determine la suspensión o la prosecución del proceso; no obstante, las observaciones citadas en el dictamen.

Con todo, la Administración Portuaria de Puerto Madryn procedió, hace dos semanas, a la firma del “contrato de adjudicación e inicio de obra” de la Superestructura del Sitio 2 del Muelle Almirante Storni y se prevé un plazo de ejecución de seis meses, pudiendo estar terminada antes que termine el primer semestre de 2020.

Fuente: Revista Puerto

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