La Corte le abrió la puerta a una nueva concesión del complejo Penitentes

La empresa pretendía abrir un frente judicial en el ámbito federal y el tribunal lo obstruyó.

Hace dos años, el Gobierno provincial decidió no prórrogar la concesión del centro de esquí Los Penitentes a la sociedad que administraba las instalaciones; tomó posesión del predio y Los Penitentes Centro de Esquí SA inició una batalla legal para seguir explotando el complejo.

Hace pocos días se conoció que la empresa perdió por segunda vez en la Suprema Corte de Mendoza y la Provincia tiene la chance de avanzar con un nuevo proceso de concesión de las instalaciones.

Los supremos José Valerio y Omar Palermo, sostuvieron los términos de un fallo de mayo de 2019 y así le impidieron a la ex concesionaria llegar con un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de la Nación.

En el fallo, los supremos mendocinos argumentan que «la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha entendido que la tacha de arbitrariedad procura cubrir casos de carácter excepcional en los que graves deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamentos jurídicos impidan considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como una sentencia fundada en ley, con directa lesión a la garantía del debido proceso».

Esto significa que sólo pueden llegar al Máximo Tribunal de la Nación aquellos casos que sean abiertamente arbitrarios o sin fundamentos jurídicos y, a entender de los jueces mendocinos, el fallo que Los Penitentes Centro de Esquí SA recurre, tiene suficientes argumentos jurídicos para ser sostenido.

Por la empresa, Emilio López Frugoni dijo a Los Andes, que valora el voto en disidencia del tercer supremo que participó del fallo, Mario Adaro, quien prentendía abrir la vía a la Corte nacional y aseguró que van a ir igual al Máximo tribunal de la Nación en recurso de queja: «vamos a reclamar lo que es nuestro, el trabajo de toda la vida».

«Teníamos la posibilidad de continuar 35 años más. Desde que el gobernador Cornejo inició su gobierno, le pedimos reuniones y nunca nos las dio. Casualmente el último año, cuando está por irse, pasa esto. Nosotros dejamos un centro de esquí funcionando para todos los mendocinos y ahora no hay nada».

López Frugoni también señaló a Los Andes que «hemos encontrado en el gobierno del doctor Suárez una actitud opuesta a la que tenia Cornejo».

 

Una larga historia

El caso es arduo y extenso. Nace de la concesión del predio en 1978, que hizo el entonces gobierno provincial de facto a tres empresas.

La historia nació con el Decreto Ley N° 4301/78 el día 22 de noviembre de 1978, norma por la que el entonces Gobernador autorizó a vender y transferir a las empresas Petersen, Thiele y Cruz SA; Aslan y Escurra SA y Sitra SA, cuatro fracciones del inmueble fiscal ubicado en el departamento de las Heras, Distrito de Uspallata, constante de una superficie de 51 hectáreas y 3.4742,33 mts cuadrados estableciendo con la condición de que las empresas construir los caminos y playas de estacionamiento; provisión de agua y electricidad y 300 mts2 de alojamiento privado. Así nacía el centro de esquí Penitentes.

El tiempo de la concesion eran 35 años, que vencieron en 2013, durante la gestión de Francisco Pérez. En marzo de ese año, la empresa Los Penitentes Centro de Esquí SA, empezó a solicitar la prórroga de la concesión. La pregunta que empezaron a hacerse desde la administración pública, cómo esta empresa había llegado a hacerse cargo de la administración, cuando los concesionarios originales eran Petersen, Thiele y Cruz SA; Aslan y Escurra SA y Sitra SA.

En 1981 las tres empresas hicieron una cesión de derechos a Los Penitentes Centro de Esqui SA, que fue refrendada por decreto 1427 del gobierno de facto.

Cuando la administradora empezó a pedir la prórroga de la concesión, la Asesoría de Gobierno dictaminó que «las concesionarias originales tienen una responsabilidad solidaria, conjunta e indivisible la cual subsiste en caso de cesión, razón por la cual la Administración aceptó el aval ofrecido por las empresas cedentes, concluyendo en su dictamen que es procedente el pedido de prórroga, pero deberá contar la actora con el asentimiento y aval expreso de los concesionarios originales, toda vez que el prestado originariamente lo fue por el plazo de concesión vigente en el contrato y no por el de prórroga y según ese organismo, es necesario garantizar de manera suficiente al Estado Provincial, las obligaciones originariamente asumidas».

Este criterio fue sostenido también por Fiscalia de Estado y el trámite de la prórroga de la concesión quedó varado hasta la llegada de Alfredo Cornejo a la Gobernación. Pero nada cambió en la postura de la provincia. En el fallo recuerdan que en marzo de 2016, «la Secretaría de Turismo insiste con la postura de no otorgar la prórroga a una persona que no es la concesionaria original. Asesoría de Gobierno para fecha 15/03/16, mediante la emisión del dictamen N° 231/16 insistió con el aval solidario y rechazó el ofrecimiento realizado por la actora de garantizar la obligación mediante una hipoteca».

Para darle fin a la novela, Cornejo firmó en 2018 el decreto 217, por el que da por terminada la concesión, cinco años después del vencimiento del plazo original. Entonces la empresa se presentó a la Corte provincial argumentando que ese decreto era inconstitucional.

Ya en la causa por inconstitucionalidad, el Gobierno dice que no hay ningún derecho adquirido a partir del vencimiento del contrato y agrega otro argumento en contra de la prórroga: Los Penitentes Centro de Esquí SA tenía un viejo juicio societario en los tribunales mendocinos, por lo que «aun suponiendo que fueren dispensables los requerimientos y las razones de legitimidad invocadas como fundamento jurídico del Art. 1°del Dec. N 217/18, demuestran a las claras la razonabilidad y hasta la necesidad de exigir los avales y garantías solidarios».

Más aún, el Gobierno sostuvo que «la concesión original no estuvo precedida de licitación, ni concurso público que hubieren ganado sus cedentes, con la expectativa jurídica que incluyera a un conjetural plazo adicional e igual al ya vencido de 35 años de concesión, por lo cual a todas luces surge que la actora carece de un derecho subjetivo adquirido».

Entonces en la sentencia, la Corte saca a la luz la ley de la concesión: «Las Empresas concesionarias contraen todas las obligaciones en forma solidaria, conjunta e indivisible y la Provincia podrá accionar contra todas o cualquiera de ellas por las responsabilidades que le cupieren. Esta responsabilidad subsistirá en todo caso, aun cuando cedan el derecho de uso o explotación de inmueble, total o parcialmente»: es decir, que la concesión, siempre estuvo en manos de las tres empresas originales, más allá de las cesiones.

Aslan SA fue la única que respondió al requerimiento para avalar el pedido de prórroga: informó que había cedido su parte de la sociedad, 33%, a Petersen Thiele y Cruz SA. Ésta última y Escurra SA y Sitra SA, nunca respondieron.

Con este argumento, la Corte rechazó la inconstitucionalidad del decreto 217. Entonces la empresa que gerenció el complejo quiso ir a la Corte nacional. Ese paso debe ser autorizado por el Máximo tribunal mendocino; en las últimas horas rechazó el pedido.

Con este rechazo, no hay orden judicial para no innovar la actual situación del complejo de esquí. Por eso es que la Provincia podría abrir un proceso de licitación para concesionarlo. Sería una buena noticia para el Gobierno, sino hubiera cuarentena. Hoy la urgencia está en otro lado y la actividad turística estará paralizada aún más allá del fin del aislamiento.

 

Claves

22 de noviembre de 1978: El ministerio de Gobierno otorga la concesión para explotar penitentes por ley 4302 por 35 años, es decir hasta 2013.

12 de marzo de 2013: Se solicita que el ministerio de Turismo otorgue la prorroga establecida en el artículo segundo de la ley 4302.

27 de febrero de 2018: El gobernador Cornejo dicta un decreto en el que rechaza el pedido de prórroga de la concesión de uso y explotación. La medida fue recurrida por la empresa Penitentes SA.

31 de mayo de 2019: La sala II de la Suprema Corte de Justicia publicó la sentencia definitiva de la causa “Los Penitentes Centro de Esquí S.A. c/ Gobierno de la Provincia de Mendoza por Acción procesal Administrativa”, mediante la cual resolvió no hacer lugar a la demanda impuesta por Los Penitentes S.A., reconociendo la constitucionalidad del decreto 217/18 dictado por el Gobernador.

Fuente: Los Andes

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